Ordenanza municipal sancionadora de las actividades y establecimientos abiertos al público
Ordenanza coactiva para promover el cumplimiento de la normativa de aplicación
Acerca de este proceso
Proceso participativo para la elaboración de la ordenanza municipal sancionadora de las actividades y establecimientos abiertos al público
Por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Salou, de fecha 21 de diciembre de 2022, se aprueba del Plan Normativo Municipal (PNM) para el año 2023 en el que se recoge la propuesta de iniciativa reglamentaria de los Servicios Administrativos Territoriales para tramitar la ordenanza municipal sancionadora de las actividades y establecimientos abiertos al público.
En fecha 23 de diciembre, y siguiendo lo establecido en el art 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se acuerda la apertura del proceso participativo de la mencionada ordenanza.
El proceso participativo consta de diferentes fases:
Fase 1: Consulta pública previa en la que se podrán presentar las propuestas y sugerencias en relación al cuestionario siguiente:
1.- Antecedentes de la norma o disposición administrativa de carácter general:
No hay antecedentes.
2.- Problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma:
No se pretende una actividad sancionadora en sentido económico recaudatorio, sino únicamente como medida coactiva para procurar el cumplimiento de la normativa de aplicación, y crear precedente y evitar nuevos incumplimientos de la misma, especialmente con afectación a la seguridad y contaminación acústica.
3.- Necesidad y oportunidad de su aprobación:
Queda explicado en el punto anterior.
4.- Objetivo de la norma:
Esta ordenanza pretende promover la calidad en el municipio, a través de la armonía con la actividad económica y la buena convivencia entre los habitantes del término municipal y las actividades y establecimientos abiertos al público, y las molestias que éstas generan, pero sobre todo velar por el interés general.
5.- Posibles soluciones alternativas y no reguladoras:
No existen
Fase 2: Propuestas sobre el borrador de la ordenanza municipal sancionadora de las actividades y establecimientos abiertos al público. Una vez analizadas las aportaciones y sugerencias formuladas en la consulta previa, los Servicios Territoriales Administrativos elaborarán un borrador de la ordenanza, sobre el que se podrán realizar aportaciones y sugerencias.
Fase 3: Rendición de cuentas que constará del documento de conclusiones una vez finalizado el proceso participativo, y recibidas las consideraciones ciudadanas, organizaciones y asociaciones.
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