Modificación del Reglamento del Cementerio y la Ordenanza de Servicios Funerarios
Aprobación de la modificación del Reglamento del Cementerio y la Ordenanza de Servicios Funerarios
Fases del proceso
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119/12/2024 - 07/01/2025
Introducción.- Aprobación modificación del Reglamento del Cementerio y la Ordenanza de Servicios Funerarios
Acuerdo de apertura del proceso participativo. Arte. 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Atendida la voluntad municipal de modificación del Reglamento de Cementerio y de la Ordenanza de Servicios Funerarios, de conformidad con el establecido en el Plan Anual Normativo del ejercicio 2024.1.- Antecedentes, problemas que se pretenden solucionar con la nueva norma, y necesidad y oportunidad de su aprobación:
El Ayuntamiento de Salou dispone, actualmente, de un contrato de gestión, en régimen de concesión administrativa, de los servicios públicos de cementerio y funerarios de titularidad municipal, que comprende la construcción y posterior explotación de un tanatorio permanente, aprobado el 6 de junio por el Pleno municipal. El contrato administrativo fue formalizado el día 9 de octubre de 2002, con una vigencia de 20 años, y prórrogas máximas anuales hasta un máximo de 5 años (exp. 70/2002). Actualmente el contrato se encuentra en prórroga.
Mediante los sucesivos acuerdos plenarios de los municipios de Reus, Vila-seca, Constantí y Salou se han tramitado los correspondientes expedientes para acreditar la conveniencia y oportunidad de la iniciativa pública municipal para el ejercicio de la actividad económica de servicios funerarios mediante la constitución de una sociedad mercantil de carácter supramunicipal al amparo del artículo 86 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de bases de régimen local (LRBRL) y el artículo 243 del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña (en lo sucesivo, TRLMRLC), así como el expediente por la constitución de la dicha sociedad (13492/2023 y 5611/2024).Así mismo, FUNECAMP actuará como medio propio del Ayuntamiento de Salou en cuanto al servicio público de cementerio municipal.
A fecha de hoy, la sociedad se encuentra en los trámites finales de su constitución. Se ha puesto de relevo que el Reglamento municipal de Cementerios se publicó en el BOPT el 22 de abril de 1993, n.º 92, y no se ha actualizado; de lo contrario, la Corporación municipal no dispone de un reglamento de servicios funerarios.
2.- Objetivo de la norma:
Adaptar el reglamento del cementerio municipal tanto a la normativa como la nueva forma de prestación del servicio.
Aprobar un reglamento para los servicios funerarios, que actualmente no se dispone.
3.- Posibles soluciones alternativas y no reguladoras:
No hay. -
219/12/2024 - 07/01/2025
Propuestas
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Deliberación y valoración
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Deliberación y valoración
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Ejecución